El STJ rechazó la cautelar, pero el conflicto en el Concejo sigue abierto
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut resolvió hoy no suspender las autoridades del Concejo Deliberante de Sarmiento. Rubén Camarda sigue como presidente. Hasta ahí, los hechos.
Lo que cada medio hizo con ese hecho ya es otra historia.
La Informativa tituló que Camarda “fue ratificado por la Justicia” y
cerró su nota hablando de un escenario “consolidado” y una oposición “debilitada”.
Río Mayo 1935, en cambio, tituló que el STJ “no ratificó a Camarda” y subrayó
que el tribunal abrió la discusión de fondo. Los dos leyeron la misma
resolución.
¿Qué dice el fallo en concreto? Que la oposición —Fernández, Quiroga,
Cuffoni, Aguiar y Reyes— no acreditó en esta etapa la ilegitimidad de los actos
ni la verosimilitud del derecho, dos requisitos indispensables para que proceda
una medida cautelar. Por eso la suspensión no fue. Pero en la misma resolución,
el STJ se declaró competente, ordenó correr traslado de la demanda y habilitó
el análisis de fondo sobre la legalidad de la presidencia. El expediente sigue
su curso.
Hay un dato que ninguno de los dos medios mencionó: el fallo incorpora
un informe de la Municipalidad que advierte sobre las consecuencias prácticas
de paralizar el Concejo —la ordenanza tarifaria 2026 sin aprobar, riesgos en la
recaudación y servicios públicos en el aire. Eso también pesó en la decisión
del tribunal de no actuar de urgencia.
La presidencia de Camarda sigue en pie. La discusión judicial sobre cómo
llegó ahí, también.
Orígenes del conflicto: cómo empezó todo en diciembre de 2025
El problema nació en las sesiones preparatorias tras la renovación
parcial del Concejo (cinco bancas en juego en las elecciones de octubre 2025).
El 9 de diciembre se juramentaron los nuevos ediles y se pasó a elegir
autoridades. La votación para presidente empató 5 a 5 entre Rubén Camarda
(PJ/oficialismo local) y Martín Fernández (Alternativa Vecinal/oposición).
Camarda, que presidía transitoriamente la sesión por ser el de mayor
edad (según Carta Orgánica Municipal), se atribuyó el doble voto para
desempatar y proclamarse presidente. Lo respaldaron concejales como Natalia
Rúa, Carlos Camargo Iñurrita, Eloy Dorado y Claudia Torres. Eloy Dorado quedó
como vicepresidente.
La oposición (bloque de Alternativa Vecinal, La Libertad Avanza y parte
del PJ) rechazó esa interpretación: argumentaron que el doble voto
aplica solo para desempatar ordenanzas una vez que hay presidente electo, no
para elegir autoridades. Además, invocaron el reglamento interno del
Concejo (artículo 6), que en caso de empate prioriza al candidato del partido
más votado en las últimas elecciones municipales (lo que favorecería a
Fernández, cuyo espacio obtuvo más votos).
Se produjeron cuartos intermedios largos, notas de rechazo,
desconocimiento de actos y resoluciones (35/2025, 36/2025, 37/2025). El Concejo
quedó virtualmente paralizado: la oposición negaba quórum y desconocía actos de
Camarda, mientras el oficialismo sesionaba con un tercio para avanzar en
comisión de receso y asunción.
En diciembre, Alternativa Vecinal emitió comunicado rechazando la
“autoproclamación ilegítima” y anunciando vía judicial. El 19 de diciembre ya
hablaban de acciones cautelares. El caso escaló al STJ como conflicto de
poderes (art. 179 Constitución de Chubut).
En enero 2026, el Procurador General Marcos Fink dictaminó favorable a
la oposición: propuso declarar admisible el planteo y suspender inmediatamente
las designaciones por vulnerar el orden institucional. Ese dictamen fue un
revés fuerte para Camarda en su momento, aunque no era vinculante.
Desde entonces, el Concejo opera en modo limitado: Camarda en funciones
de facto (por presunción de legitimidad de los actos), pero sin resolución de
fondo. La oposición propone salidas políticas (como que Paola Aguiar asuma
transitoriamente), sin acuerdo hasta ahora.
Hoy, el rechazo de la cautelar mantiene el status quo institucional para
evitar parálisis total, pero el mérito (si el doble voto fue correcto, si hubo
irregularidad en la proclamación) queda pendiente de análisis profundo en el
STJ. El expediente avanza con traslados y pruebas.
(Actualizado al 21 de marzo de 2026, tarde. No contamos con el texto
íntegro del fallo del STJ; la información se basa en reportes de medios
locales. Cualquier novedad puede cambiar el panorama).

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